Contraloría General de la República · N° 081205N12
Dictamen N° 81.205, de 31 de diciembre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 81.205 Fecha: 31-XII-2012 La Superintendencia de Pensiones ha remitido a esta Contraloría General una presentación del señor Wilfredo Ketterer Flores, exonerado político, quien solicita la revisión de su pensión no contributiva, por gracia, que le fuera otorgada por aplicación de la ley N° 19.234, por no estar de acuerdo con el cargo y grado de asimilación, así como tampoco con el tiempo de cotizaciones y asignación por antigüedad utilizados en su determinación. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir dos expedientes jubilatorios del interesado, manifestó, en síntesis, que su pensión fue calculada correctamente, de conformidad con la preceptiva legal que regula la materia. Sobre el particular, es preciso señalar, en primer término, que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante resolución exenta N° 6.701, de 2011, del ex Ministerio del Interior se reconoció la calidad de exonerado político del recurrente y se le concedió una pensión no contributiva, por gracia, por un monto inicial de $ 111.038.- a contar del 1 de junio de 2004. Enseguida, corresponde indicar que el respectivo cálculo se encuentra determinado conforme a lo señalado en el inciso sexto del artículo 20 de la ley N° 19.234, ya que el interesado sólo cuenta con 6 años, 6 meses y 12 días de tiempo efectivo a la fecha de la exoneración en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Por consiguiente, el beneficio en comento fue calculado de acuerdo con el inciso tercero del artículo 12 de la citada ley, resultando como grado de asimilación el 31° de la E.U.S., con un monto de pensión ascendente a $111.038.-, a contar del 1 de junio de 2004, que corresponde, por aplicación del monto mínimo a que se refiere el inciso duodécimo del artículo 12 de esa la ley al grado 15° de la referida escala remuneratoria. En consecuencia, practicadas las revisiones de rigor, se ha podido concluir que la pensión no contributiva, por gracia, en estudio se encuentra correctamente determinada, no siendo procedente reliquidarla en los términos impetrados. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 081205N12, de 31 de diciembre de 2012.
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