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Contraloría General de la República · N° 011791N14

Dictamen N° 11.791, de 17 de febrero de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 11.791 Fecha: 17-II-2014 Se han dirigido a esta Entidad de Control las señoras Susana Núñez Pérez, Rosemarie Kohnenkamp e Irma Meza Paredes, presidentas, respectivamente, de los centros de padres y apoderados de las escuelas Santander de España N° 386, Treviso Girardi N° 380, y Sargento Candelaria N° 407, instituciones dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social Cerro Navia, para solicitar un pronunciamiento respecto del cierre de las mismas, medida que según indican, vulneraría sus derechos ciudadanos. Sobre el particular, cumple con señalar que las corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del entonces Ministerio del Interior, como ocurre en la especie, son personas jurídicas de derecho privado, sin fines de lucro, cuya finalidad es gestionar los servicios traspasados del área de educación, salud y atención al menor, constituidas según las normas del Título XXXIII del Libro I del Código Civil (aplica dictámenes N°s. 63.234 y 68.048, ambos de 2013). Asimismo, es dable mencionar que de conformidad a lo previsto en el artículo 136 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, este Ente Contralor es competente para fiscalizar las corporaciones, fundaciones o asociaciones municipales, como es el caso que se plantea por las requirentes, únicamente en lo relativo al uso y destino de sus recursos, pudiendo disponer de toda la información que requiera para este efecto. En consecuencia, en atención a las consideraciones jurídicas expuestas, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre el asunto reclamado, por encontrarse fuera del ámbito de competencia que ejerce sobre tales corporaciones. Transcríbase a las señoras Rosemarie Kohnenkamp e Irma Meza Paredes. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 011791N14, de 17 de febrero de 2014.

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