Contraloría General de la República · N° 046320N15
Dictamen N° 46.320, de 10 de junio de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 46.320 Fecha: 10-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Sergio Rojas Cornejo, profesional funcionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento respecto del número de días de permiso administrativo con goce de remuneraciones a que tiene derecho, por cuanto estima que puede gozar de seis días semestrales. Requerida de informe, esa entidad policial manifestó, en síntesis, que al recurrente le corresponden seis días hábiles del mencionado permiso en cada año calendario. Sobre el particular, es necesario recordar que el artículo 1°, inciso cuarto, de la ley N° 15.076, establece, en lo atinente, que los profesionales funcionarios que presten servicios en Carabineros de Chile estarán sujetos a las disposiciones que rigen a dicha institución. A su turno, el artículo 46, letra c), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, dispone, en lo pertinente, que los empleados de ese organismo gozarán de permisos, los que se concederán en conformidad a la ley aplicable al personal de la Administración Civil del Estado, esto es, la ley N° 18.834, de acuerdo al criterio contenido en el dictamen N° 39.644, de 2011, de este origen. De esta manera, considerando que el artículo 109 del último cuerpo legal citado, prescribe que los funcionarios podrán solicitar permisos para ausentarse de sus labores por motivos particulares hasta seis días hábiles en el año calendario, con goce de remuneraciones, cabe concluir que el señor Rojas Cornejo puede hacer uso del mencionado beneficio, en los términos expuestos. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 046320N15, de 10 de junio de 2015.
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