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Contraloría General de la República · N° E303942N23

Dictamen N° E303942, de 26 de enero de 2023

Sumario

La Contraloría concluye que la fiscalización de los concursos para proveer cargos docentes en corporaciones municipales corresponde a la Dirección del Trabajo, no a ella, por tratarse de materias laborales, y le devuelve los antecedentes.

Texto del pronunciamiento

N° E303942 Fecha: 26-I-2023 La Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena ha remitido a este Nivel Central los oficios Ord. N°s. 183 y 186, ambos de 2022, de la Dirección Regional del Trabajo pertinente, mediante los cuales esta última derivó sendos reclamos en contra de los concursos que culminaron con la provisión de los cargos de directores de los liceos Gabriela Mistral y Polivalente Sara Braun, dependientes de la Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales, CORMUNAT, y de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención al Menor de Punta Arenas, CORMUPA, respectivamente. Sobre la materia, cabe recordar que las corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del ex Ministerio del Interior, son personas jurídicas de derecho privado, sin fines de lucro, cuya finalidad es administrar los servicios traspasados del área de educación, salud y de atención de menores, constituidas según las normas del título XXXIII del Libro I del Código Civil. En dicho contexto, y en armonía con los dictámenes N°s. E113751, de 2021; y, E235694, de 2022, en virtud de los artículos 6°; 16, inciso segundo y 25, todos de la ley N° 10.336; y, 136 de la ley N° 18.695, las corporaciones, fundaciones y asociaciones municipales se encuentran sujetas a fiscalización de esta Contraloría General, para los efectos de cautelar el uso y destino de sus recursos, el cumplimiento de sus fines, la regularidad de sus operaciones y hacer efectivas las responsabilidades de sus directivos o empleados. Relacionado con este último punto, es dable mencionar que, según el criterio de los dictámenes N°s. 32.233, de 2019; 263, E72681 y E76257, todos de 2021 y de esta procedencia, fiscalizar el cumplimiento de los fines y la regularidad de las operaciones de los organismos citados en dicho artículo 16, comprende comprobar que estos sujeten su actuar al ordenamiento jurídico, sin que ello implique pronunciarse respecto de reclamaciones por derechos laborales, asuntos que competen a la Dirección del Trabajo. De este modo, si bien el dictamen N° E160316, de 2021, hizo aplicables a las corporaciones municipales las regulaciones establecidas en las leyes N°s. 19.880, 19.886, 20.285, 20.730 y 20.880, considerando las funciones eminentemente públicas que aquellas desarrollan, la fiscalización de las materias vinculadas -como ocurre en la especie- al desarrollo de relaciones de carácter laboral y el cumplimiento de la normativa de esa naturaleza que rige a quienes se desempeñen en ellas y, en especial, con la provisión de los cargos docentes en esas entidades, sigue estando fuera de la órbita de competencia de esta Institución Superior de Control. En ese entendido, queda a salvo la facultad privativa de la Dirección del Trabajo en orden a interpretar y fiscalizar la aplicación de las normas de carácter laboral que rigen al personal que se desempeña en establecimientos educacionales administrados por las corporaciones municipales, ya que la naturaleza jurídica de un empleo la determina la calidad del empleador y no el estatuto jurídico que regula el vínculo laboral pertinente (aplica dictámenes N°s. 72.028, de 2012; y, 6.224, de 2014). Siendo así, de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, se devuelven los antecedentes a la Dirección del Trabajo, por corresponderle su conocimiento. Saluda atentamente a Ud. Por Orden del Contralor General. GRACIELA LEPE URIBE Subjefa División Jurídica

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E303942N23, de 26 de enero de 2023.

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