Contraloría General de la República · N° 002772N17
Dictamen N° 2.772, de 26 de enero de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 2.772 Fecha: 26-I-2017 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba convenio de transferencia de recursos suscrito entre la Subsecretaría de Agricultura y el Instituto Forestal, por cuanto se ajusta a derecho, pero cumple con hacer presente que las auditorías que se consideran efectuar por la Subsecretaría de Agricultura a la entidad receptora de acuerdo con la cláusula novena del aludido convenio, son sin perjuicio del ejercicio de las facultades de fiscalización que le competen a este Órgano de Control. Por otra parte, en relación con lo dispuesto en la letra d) de la cláusula sexta de dicho acuerdo de voluntades, cabe precisar que el envío por correo electrónico o medios digitales del expediente de rendición de cuentas, es sin perjuicio de la obligación del receptor de remitirle al otorgante la documentación original en soporte papel, pues de conformidad con los artículos 4° y 5° de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, no se advierte que la Subsecretaría de Agricultura cuente con la autorización necesaria para mantener en su poder un expediente electrónico o digital a disposición de esta Entidad de Fiscalización para su examen. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 002772N17, de 26 de enero de 2017.
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