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Contraloría General de la República · N° 037518N16

Dictamen N° 37.518, de 20 de mayo de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 37.518 Fecha: 20-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Miguel Cañas Varela, exfuncionario de la Defensoría Penal Pública, para solicitar que se deje sin efecto el acto administrativo mediante el cual ese organismo declaró vacante su cargo por inclusión en lista de eliminación o condicional, por cuanto, en su opinión, el proceso calificatorio que sirvió de fundamento, no se encuentra concluido, al existir un recurso deducido, pendiente. En su informe, la anotada entidad, además de hacer presente la naturaleza litigiosa del asunto en cuestión, manifestó que el peticionario ha impugnado su calificación en diversas instancias, adjuntando la documentación pertinente. Sobre el particular, es necesario expresar que de lo comunicado por el servicio y los antecedentes recabados por esta Institución de Control, consta que el interesado presentó, ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, un recurso de protección, Rol de Ingreso N° 598-2016, en donde objeta la resolución que declaró vacante su cargo por calificación insuficiente. De esta manera, atendido que la acción judicial impetrada por el señor Cañas Varela, dice relación con la materia expuesta en su reclamo, impide a este Órgano Fiscalizador emitir el pronunciamiento requerido, pues en armonía con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, y lo declarado, entre otros, en el dictamen N° 18.906, de 2016, de esta procedencia, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, como acontece en la especie. Transcríbase a la Contraloría Regional de Antofagasta y a la Defensoría Penal Pública. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 037518N16, de 20 de mayo de 2016.

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