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Contraloría General de la República · N° 058767N12

Dictamen N° 58.767, de 25 de septiembre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 58.767 Fecha: 25-IX-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Paola Ramírez López, funcionaria de la Dirección del Trabajo, para, por una parte, solicitar un pronunciamiento acerca de los criterios utilizados por la autoridad para mantener su calificación en el factor desarrollo de aptitudes individuales y, por otra, para requerir la exhibición de los informes y antecedentes considerados por las jefaturas para efectuar la calificación. Sobre la materia, la aludida repartición pública expuso, en síntesis, que una vez notificada de su calificación correspondiente al período 2010-2011, la peticionaria interpuso un recurso de apelación, el que fue acogido, retrotrayéndose el referido proceso hasta la evaluación de la Junta Calificadora, la que efectuó una nueva calificación, resolviendo mantener las notas asignadas por su precalificador respecto del factor que reclama, al no existir antecedentes que permitieran arribar a una decisión distinta, no constando que con posterioridad la peticionaria hubiese impugnado dicha decisión. Luego, en lo relativo a los lineamientos utilizados por la autoridad para evaluar a la afectada en el rubro que le interesa, es dable anotar que del análisis del acuerdo emitido por el órgano evaluador, aparece que se tuvo a la vista una serie de antecedentes, tales como la precalificación de la funcionaria, sus informes de desempeño y un informe presentado por su jefatura directa, todos los cuales dan cuenta de su falta de compromiso con los estándares de exigencia que se requieren en el desempeño de su cargo, circunstancia que fue considerada por dicho cuerpo colegiado para mantener el puntaje asignado en la precalificación en el indicado rubro, sin que se advierta alguna ilegalidad o arbitrariedad en dicha ponderación. Finalmente y en lo que atañe a la información que requiere sobre su calificación, cumple con informar que debe solicitarla al organismo respectivo, en la especie, la Dirección del Trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 058767N12, de 25 de septiembre de 2012.

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