Contraloría General de la República · N° 071854N16
Dictamen N° 71.854, de 3 de octubre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 71.854 Fecha: 03-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor César Pinilla Saavedra, para solicitar la reconsideración del oficio N° 53.057, de 2016, de este origen, mediante el cual se representó la resolución N° 563, de 2016, del Hospital Luis Calvo Mackenna, que le concedía el beneficio de liberación de guardias regulado en el artículo 44 de la ley N° 15.076, por cuanto aquel no cuenta con el tiempo de servicios necesarios para ello. Lo anterior, fundado en un certificado que adjunta, el cual da cuenta de que se encuentra actualmente en tramitación ante el 20° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° V-105-2016, una gestión voluntaria de información para perpetua memoria, destinada a comprobar que durante el lapso servido entre el 1 de noviembre de 1992 y el 31 de marzo de 1999, cumplió tareas útiles para acceder a esa franquicia. Al respecto, cabe anotar que la certificación en comento no altera lo resuelto en el oficio cuya reconsideración se solicita, ya que únicamente procederá considerar dicho lapso para efectos de la mencionada liberación de guardias, una vez que se dicte sentencia definitiva en la que se declare que, durante el referido periodo, el interesado ejerció las labores que indica el citado artículo 44, caso en el cual ese hospital deberá remitir nuevamente a esta Institución Fiscalizadora la aludida resolución N° 563, de 2016, para su examen de legalidad, atendido lo cual se confirma el señalado oficio N° 53.057, de 2016. Transcríbase al Hospital Luis Calvo Mackenna y al Área de Personal de la Administración, de la División de Personal de la Administración del Estado, de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 071854N16, de 3 de octubre de 2016.
Más sobre Profesionales Funcionarios (Ley 19.664)
-
La Contraloría concluye que es válido que el Servicio de Salud Ñuble fije distintos porcentajes de la asignación de estímulo por competencias profesionales según la carga horaria del cargo, pues esta es un factor objetivo del puesto de trabajo. Desestima la reconsideración y confirma los oficios recurridos.
-
La Contraloría concluye que la funcionaria debe devolver solo la asignación de septiembre a diciembre de 2023, con reajustes y multa no condonable, y nada por 2024, pues la inhabilidad no se aplica retroactivamente.
-
El dictamen aclara que el criterio del dictamen N° 44.471, de 2017, sobre acumulación de feriado de los becarios quedó circunscrito al texto entonces vigente del artículo 14 del Reglamento de Becarios. Concluye que, tras la modificación del decreto N° 7, de 2018, los becarios ya no pueden acumular feriado y sus solicitudes deben resolverse conforme al texto vigente de esa norma.
Todos los pronunciamientos sobre Profesionales Funcionarios (Ley 19.664)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre salud, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre salud¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.