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Contraloría General de la República · N° 009630N12

Dictamen N° 9.630, de 16 de febrero de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 9.630 Fecha: 16-II-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Víctor Hernán Fuentes Silva, ex trabajador de la Compañía de Cervecerías Unidas, exonerado político, para solicitar la revisión, por una parte, de su pensión no contributiva, por gracia, y, por otra, del monto de los descuentos de salud efectuados en ésta durante el período que indica. Requerido de informe, el Instituto de Previsión Social, junto con adjuntar el respectivo expediente manifestó, en lo pertinente, que en virtud del decreto exento N° 1.027, de 1998, del ex Ministerio del Interior, se le otorgó al recurrente la jubilación consultada, la que se reliquidó por medio del decreto exento N° 351, de 2000, del mismo origen, a contar del 1 de septiembre de 1998, determinándose que el monto que correspondía pagar entre esta última fecha y el mes de abril de 2000 ascendía a $1.828.589.-, y descontándose lo percibido por el interesado entre ambas fechas por un total de $1.277.173.-, resultó un monto bruto de $551.415.-, por lo que luego de las deducciones legales, se le pagó al peticionario un total de $512.815.-. Asimismo, agrega que atendido a lo expresado en el dictamen N° 47.700, de 2003, de esta Entidad de Control, mediante el decreto exento N° 1.628, de 2004, de la referida Secretaría de Estado, se realizó una nueva liquidación de la pensión en comento en el grado 1-A de la E.U.S., ascendiendo ésta a la suma de $220.476.-, a partir de septiembre de 1998. Así, de un total de $19.405.463.-, que se le debía otorgar al ex empleado de que se trata entre esta última data y diciembre de 2004, se le descontó lo percibido en el tiempo intermedio, $7.814.502.-, resultando la suma de $11.590.960.-, y luego de los descuentos legales, se obtuvo la suma de $10.779.592.-, que fue pagada al señor Fuentes Silva. En primer término, cabe señalar que realizado el análisis del beneficio previsional del que es titular el solicitante, es posible establecer que éste se encuentra correctamente determinado y ha sido otorgado de acuerdo a la legislación aplicable. Finalmente, en cuanto a los descuentos reclamados, es dable hacer presente que éstos han sido calculados conforme a derecho, según el procedimiento que al efecto ha dispuesto válidamente el Organismo Previsional informante. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 009630N12, de 16 de febrero de 2012.

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