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Contraloría General de la República · N° 000353N13

Dictamen N° 353, de 3 de enero de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 353 Fecha: 03-I-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Alejandra Lillo López, funcionaria del Hospital El Pino, del Servicio de Salud Metropolitano Sur, para reclamar por la no acumulación de su feriado correspondiente al año 2011. En su informe, el aludido recinto hospitalario expuso que mediante comunicación de fecha 25 de noviembre de 2011, documento que se adjunta, informó del plazo máximo para solicitar acumulación de feriado, no constando en sus registros que la peticionaria hubiese presentado una petición en tal sentido. Al respecto, es menester indicar que para que proceda la acumulación de feriado, deben concurrir los supuestos que prevé la normativa que rige la materia, los que en el caso de la especie, se encuentran establecidos en los artículos 103 y 104 de la ley N° 18.834, que disponen, en lo pertinente, que el interesado debe requerir la acumulación y la autoridad pronunciarse sobre ella. Corrobora lo expuesto, lo declarado por esta Entidad de Control, entre otros, en el dictamen N° 34.929, de 2008, en cuanto a que la acumulación de feriado no es un derecho que el empleado pueda ejercer a su sola voluntad, sino que se requiere necesariamente que el funcionario haya solicitado hacer uso del mismo durante el año correspondiente, y éste haya sido anticipado o postergado por la autoridad. En este contexto, resulta necesario hacer presente que la requirente no acompaña ningún documento que de cuenta de su solicitud de acumulación, por lo que no es posible verificar que haya formulado dicha petición en los términos que expone, lo que resulta concordante con lo expresado por el aludido establecimiento de salud y con el hecho de que éste no haya emitido un pronunciamiento sobre el particular, de lo que se concluye que no concurren respecto de la peticionaria los requisitos exigidos por la citada normativa, para la procedencia del derecho que reclama. En base a las consideraciones anotadas, de desestima la presentación de la señora Alejandra Lillo López. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 000353N13, de 3 de enero de 2013.

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