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Contraloría General de la República · N° 080218N16

Dictamen N° 80.218, de 3 de noviembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 80.218 Fecha: 03-XI-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría don Eduardo Chávez Sánchez, cédula de identidad N° 3.067.837-0, para solicitar el desahucio que indica, al que estima tener derecho en su calidad de exmédico, con jornada de 22 horas semanales, ley N° 19.664, del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central. Requerido informe, el citado centro hospitalario, mediante oficio ordinario N° 418, de 2016, ha manifestado, en síntesis, que efectivamente dejó de efectuar el descuento para desahucio en el cargo por el que el interesado consulta, desde el mes de mayo de 2008 hasta la fecha de su renuncia, por razones que se investigan. Sobre el particular, resulta necesario señalar que mediante el dictamen N° 8.812, de 2003, este Organismo de Control informó que, de acuerdo a los artículos 3° de la ley N° 17.322 y 2° del decreto ley N° 1.254, de 1975, la responsabilidad de enterar las cotizaciones para el desahucio recae en el empleador, quien debe descontarlas de las remuneraciones del trabajador e ingresarlas directamente al Fondo de Seguro Social que administra la Tesorería General de la República, con los correspondientes recargos legales en caso de mora, imponiéndole esa obligación aún en el caso de que haya omitido efectuar por cualquier causa el descuento pertinente. En consecuencia, el exempleador deberá regularizar la situación impositiva del recurrente, integrando de su propio peculio, en la Tesorería General de la República, las cotizaciones correspondientes al período durante el cual dejó de realizar el descuento para el desahucio de que se trata, a fin de que el señor Chávez Sánchez pueda obtener, íntegramente, el beneficio indemnizatorio que legalmente le corresponde. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 080218N16, de 3 de noviembre de 2016.

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