Contraloría General de la República · N° 010366N16
Dictamen N° 10.366, de 10 de febrero de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 10.366 Fecha: 10-II-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 4, de 2016, de la Brigada de Investigación Criminal Santiago de la Policía de Investigaciones de Chile, que sobresee a los empleados que indica y sanciona con una amonestación severa a la funcionaria, señora Macarena Gertrudis Fernández Sepúlveda, por cuanto del estudio del artículo 67 del decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, no se advierte que luego de resolverse el recurso de apelación -en la especie, por el Jefe de la Prefectura Metropolitana Centro Norte-, corresponda que se dicte por la misma autoridad que ordenó la realización del pertinente procedimiento disciplinario, esto es, el jefe de la mencionada brigada, un nuevo acto administrativo que imponga el referido castigo, como ocurrió en la especie. En consecuencia, se representa la resolución individualizada en la suma. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 010366N16, de 10 de febrero de 2016.
Más sobre Medidas Disciplinarias
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La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
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