Contraloría General de la República · N° 022114N17
Dictamen N° 22.114, de 16 de junio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 22.114 Fecha: 16-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Magdalena Sandoval Belmar, cédula de identidad N° 5.115.396-0, para solicitar el desahucio que allí se indica, al que estima tener derecho como exempleada del Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Temuco. Al respecto, cumple con manifestar que de conformidad con el artículo 30 de la ley N° 15.702, los empleados de notaría, conservadores de bienes raíces y archivos judiciales, se rigen por la normativa sobre desahucio contenida en el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, debiendo enterarse las respectivas cotizaciones en la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Por lo tanto, no corresponde a este Organismo de Control acoger la petición formulada en esta oportunidad, siendo procedente, en cambio, remitir la presentación al Instituto de Previsión Social, en el radica la facultad de conocer y resolver sobre el derecho al beneficio impetrado, acorde con el artículo 30 de la ley antes citada. De acuerdo a lo anterior, se desestima la petición de la interesada y se remite su solicitud de desahucio al Instituto de Previsión Social a fin que resuelva sobre el particular. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 022114N17, de 16 de junio de 2017.
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