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Contraloría General de la República · N° 091021N14

Dictamen N° 91.021, de 21 de noviembre de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 91.021 Fecha: 21-XI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Hernán Cortés Vega, para solicitar el recálculo de su tasa de reemplazo líquida, a fin de obtener el bono que establece la ley N° 20.305, la que fue determinada por la Superintendencia de Pensiones en un porcentaje que excede el 55% que requiere dicha preceptiva. Sobre el particular, es útil recordar que el artículo 2° de la ley N° 20.305, previene que para acceder al beneficio en comento, será necesario cumplir las exigencias copulativas que establece, entre las cuales se encuentra, en el N° 3, la de tener una tasa de reemplazo líquida igual o inferior a 55%. Luego, cabe expresar que el inciso primero del artículo 3° del mismo texto legal, prevé, en lo pertinente, que la entidad encargada de realizar el cómputo del mencionado porcentaje es la Superintendencia de Pensiones. A su turno, el inciso tercero de la disposición citada establece que para esos efectos, la aludida institución deberá solicitar los antecedentes necesarios a las administradoras de fondos de pensiones. Como puede apreciarse de las normas descritas, la entidad encargada de recabar la información y de realizar el cálculo de la mencionada tasa de reemplazo es la Superintendencia de Pensiones, motivo por el cual y atendiendo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, este Órgano de Control cumple con remitirle la solicitud adjunta y la documentación acompañada, a fin de que se sirva dar, a la brevedad, una respuesta directa al interesado sobre la materia. Transcríbase al recurrente. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 091021N14, de 21 de noviembre de 2014.

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