Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 052797N12

Dictamen N° 52.797, de 28 de agosto de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 52.797 Fecha: 28-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Bautista Rivera Orellana, ex trabajador de la antigua Empresa Nacional de Electricidad S.A., exonerado político, para solicitar la reliquidación de su pensión no contributiva, por gracia, conforme al artículo 27 bis del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la Ley de Exonerados Políticos. Requerido de informe, el Instituto de Previsión Social manifestó, en síntesis, que al recurrente se le concedió un beneficio no contributivo, por gracia, por una suma inicial mensual de $121.632.-, a contar del 1 de agosto de 2003, sobre la base del grado 17 de la E.U.S., haciendo presente que al efectuar el respectivo cálculo en los términos requeridos por el solicitante, es dable otorgar el grado 13 del referido orden remuneratorio, sin que ello permita modificar el monto mínimo legal previsto en el inciso duodécimo del artículo 12 de la ley N° 19.234, otorgado al peticionario. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 28 del referido decreto N° 39, de 1999, aplicable al caso planteado, previene, en lo que interesa, que para los efectos de la prueba de las mayores remuneraciones de naturaleza imponible de los trabajadores a que se refieren los incisos tercero y cuarto del artículo 12 de la precitada ley N° 19.234, que reúnan los requisitos para obtener una prestación no contributiva, por gracia, que hayan cotizado por los topes imponibles de la época, y que se encontraren en imposibilidad de acreditarlas con los documentos señalados en su artículo 27, sea por causa de inexistencia, pérdida, insuficiencia o destrucción de dichos instrumentos, se presumirá que las reales remuneraciones de naturaleza imponible superiores a dicho tope, son las que se indican. Lo anterior, por cuanto luego del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que, en la especie, es posible aplicar el referido artículo 28 del decreto N° 39, de 1999, ascendiendo la jubilación por la que se consulta a $268.427.- mensuales, a contar del 1 de agosto de 2003, considerando el grado 1-A de la aludida escala de remuneraciones y 30 años de tiempo computable. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que ese organismo de previsión deberá regularizar, a la brevedad, la situación previsional del reclamante, para cuyos efectos se devuelven los tres expedientes acompañados. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 052797N12, de 28 de agosto de 2012.

Más sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias

  • 11 de febrero de 2025

    Dictamen N° E22701

    La pensión no contributiva por gracia debe solicitarse dentro de dos años desde el fallecimiento del causante y su saldo insoluto prescribe a los cinco años. La sucesión tiene derecho al pago solo de las mensualidades de los cinco años anteriores al fallecimiento.

  • 28 de enero de 2025

    Dictamen N° E14328

    La Contraloría concluye que, como titular de una pensión por gracia de la ley N° 19.234 superior a la PGU, no procede otorgarle esta última; pero si renuncia a esa pensión y opta por su jubilación del régimen previsional común, podría acceder a la PGU completa.

  • 23 de agosto de 2024

    Dictamen N° E531308

    La Contraloría rechaza el recurso de revisión de Sandor Arancibia porque no invoca ninguna causal legal y solo discrepa de la interpretación del oficio N° E211.766, de 2022, que negó reliquidar su pensión no contributiva incluyendo la asignación de responsabilidad superior.

Todos los pronunciamientos sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium