Contraloría General de la República · N° 038198N13
Dictamen N° 38.198, de 17 de junio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 38.198 Fecha: 17-VI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Raúl Alejandro Bustamante Llegues, abogado, en representación de doña Sara Andrea Paredes Ruiz, exfuncionaria de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca de la legalidad del proceso calificatorio de su mandante, correspondiente al año 2011, en el cual fue incluida en Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Requerido su informe, la mencionada repartición ha manifestado, en síntesis, que la decisión de incorporar a la interesada en dicha nómina, luego de realizada su nueva calificación, se ajustaría a la normativa que regula la materia. Sobre el particular, en cuanto a que no sería procedente que se hayan tenido en cuenta las sanciones de su representada en todos los rubros objeto de valoración, es menester expresar, acorde con el criterio contenido en el dictamen N° 33.094, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora, que los órganos evaluadores pueden apreciar las medidas disciplinarias en más de un factor, sobre todo cuando éstos tienen directa relación con los hechos castigados. Luego, en lo que respecta a que los acuerdos adoptados por la Junta Calificadora de Méritos y por la Junta de Apelaciones que agregaron a la señora Paredes Ruiz en la lista que se impugna, no estarían debidamente fundados, cabe anotar que este Órgano de Control, en su oficio N o 25.667, de 2010, entre otros, precisó que las resoluciones que adopten esos cuerpos colegiados deben enunciar los motivos específicos y circunstancias precisas que han considerado para ponderar el desempeño de un empleado, debiendo existir una concordancia entre el razonamiento emitido y las notas asignadas al funcionario, lo que sucedió en la especie. En efecto, del estudio de esos acuerdos, aparece que éstos expresan los motivos concretos y circunstancias precisas que determinan la mantención del puntaje otorgado, pues indican de qué manera las sanciones aplicadas a la afectada, permitieron confirmar las notas asignadas a los diversos rubros valorizados, cumpliéndose, por ende, con la exigencia antes anotada. Por consiguiente, resulta forzoso concluir que la calificación de la señora Sara Andrea Paredes Ruiz, se ajustó a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 038198N13, de 17 de junio de 2013.
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