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Contraloría General de la República · N° 080150N10

Dictamen N° 80.150, de 31 de diciembre de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 80.150 Fecha: 31-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Ufelia del Carmen Pérez Cornejo, viuda de don Manuel Benito Correa González, ex empleado del Asentamiento Sara Nilahue Barahona, exonerado político, representada por don Juan Carlos Correa Pérez, para solicitar la revisión de su situación previsional. Sobre el particular, es del caso anotar, en primer término, que a través del oficio N° 26.473, de 2010, esta Entidad Fiscalizadora remitió al Instituto de Previsión Social la aludida petición, a fin de que se diera respuesta directa a la recurrente, por las razones allí expuestas, dando cuenta de ello a este Organismo de Control. En cumplimiento de esa instrucción, el referido Instituto, junto con remitir los dos expedientes del señor Correa González, manifiesta, en síntesis, que la situación previsional de la interesada se encuentra regularizada. Precisado lo anterior, es oportuno advertir que, del examen de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que por medio de la resolución N° 7.834, de 2009, del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del individualizado ex trabajador, fallecido el 12 de agosto de 2001, otorgándole 10 meses de abono de tiempo por gracia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley 19.234, lapso que permitió reliquidar el montepío de que es titular la interesada, en el régimen de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, a través de la resolución exenta EXO/R N° 1.510, de 2010, del Instituto de Previsión Social, fijándose correctamente su monto en $ 83.726.-, a contar del 1 de noviembre de 2003, beneficio que resultó de un valor superior al de la eventual pensión no contributiva de sobrevivencia que podría favorecerla, pues, a la anotada data, esta última ascendería a $ 81.464.-, motivo por el cual la solicitante optó, el 31 de agosto de 2009, por la primera de las prestaciones mencionadas. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que la situación previsional de la solicitante se ajusta a la normativa que regula la materia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 080150N10, de 31 de diciembre de 2010.

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