Contraloría General de la República · N° 075698N12
Dictamen N° 75.698, de 5 de diciembre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 75.698 Fecha: 05-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Raúl Alejandro Bustamante Llegues, abogado, en representación de don Claudio Iván Urrutia Lillo, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad del proceso calificatorio de su mandante, correspondiente al año 2011, en el cual fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Requerido su informe, la mencionada institución policial, a través de su oficio N° 2.628, de 16 de noviembre de 2012, informó que en esa evaluación se incurrió en vicios que afectaron su legalidad, toda vez que los acuerdos adoptados por las juntas calificadoras carecían de una debida fundamentación, por lo que se invalidó dicho proceso, efectuándose uno nuevo en el cual el señor Urrutia Lillo fue agregado en la Lista N° 2, de Satisfactorios, de lo que se manifestó conforme. De esta manera, la situación reclamada se encuentra solucionada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 075698N12, de 5 de diciembre de 2012.
Más sobre calificaciones
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
-
La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.