Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 018092N14

Dictamen N° 18.092, de 11 de marzo de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 18.092 Fecha: 11-III-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Sergio Marabolí Flores, para reclamar en contra de la dilación de una respuesta a su solicitud de rehabilitación administrativa. Sobre el particular, es del caso señalar, en primer término, que según consta en los registros de esta Institución Superior de Control, el peticionario fue sancionado con la medida disciplinaria de destitución, mediante el decreto alcaldicio N° 285, de 2005, de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda. Dicho lo anterior, cabe recordar que el artículo 38, letra f), de la ley N° 10.336 impone a este Ente Fiscalizador la obligación de llevar una nómina al día de los funcionarios separados o destituidos, administrativamente de cualquier empleo o cargo público, sin que pueda darse curso a ningún nombramiento recaído en persona alguna afectada con esa medida a menos que intervenga decreto supremo de rehabilitación. Sin embargo, acorde con lo sostenido en el dictamen N° 86.016, de 2013, de este origen, y por las razones que en él se indican, quienes hubiesen sido separados o destituidos administrativamente de un cargo público y quisieren reincorporarse a la Administración, tanto en el sector público como municipal, ya no requieren del trámite de rehabilitación. En consecuencia, dado que actualmente no es exigible el referido decreto supremo, resulta inoficioso pronunciarse acerca de la eventual demora de la citada autoridad en atender la solicitud del requirente. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 018092N14, de 11 de marzo de 2014.

Más sobre Medidas Disciplinarias

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D433

    La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.

  • 21 de julio de 2026

    Dictamen N° OF137047

    La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.

  • 27 de abril de 2026

    Dictamen N° D246

    La Contraloría aclara que las corporaciones municipales son entidades privadas cuyos empleados no son funcionarios públicos, por lo que no les aplican los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336. Concluye rechazando la reconsideración solicitada por CORMUMEL.

Todos los pronunciamientos sobre Medidas Disciplinarias

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium