Contraloría General de la República · N° 012542N12
Dictamen N° 12.542, de 2 de marzo de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 12.542 Fecha: 02-III-2012 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Héctor Marcelo Lajehanniere Casal, ex funcionario de la Armada, exonerado político, para solicitar la reconsideración del oficio N° 66.601, de 2011 de esta Entidad Fiscalizadora. Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que mediante el aludido pronunciamiento este Órgano de Control concluyó que la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas debía enviar a retrámite la resolución N° 1 . 833, de 2010, por la cual dejaba sin efecto la pensión no contributiva, por gracia, del peticionario, toda vez que el bono de reconocimiento representativo de las imposiciones registradas, tanto en el antiguo sistema de pensiones, como en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, fue liquidado a favor del Depósito Central de Valores, con fecha 9 de noviembre de 2009, hecho que imposibilita que goce de algún beneficio jubilatorio determinado sobre la base de esos mismos períodos impositivos. Lo anterior guarda armonía con la jurisprudencia de este Organismo Contralor contenida en el dictamen N° 20.088, de 2011, por medio del cual se precisó que si el bono de reconocimiento se encuentra comprometido en alguna modalidad de pensión acorde con lo establecido en el D.L. N° 3.500, de 1980, o ha sido cedido a una compañía de seguros, aun en aquellos casos en que ello ha ocurrido por un error de la autoridad administrativa, no resulta posible concederle a los exonerados políticos una pensión no contributiva, por cuanto los períodos previsionales que representa dicho documento, se encuentran considerados en la pensión que le fuere otorgada en ese régimen previsional. Ello, toda vez que, en dichos casos, no es factible rescatar el bono de reconocimiento, el cual, como se ha señalado, queda irreversiblemente agotado en el otorgamiento de la respectiva pensión, no existiendo, por ende, períodos previsionales vigentes que avalen la concesión de un beneficio no contributivo. En consecuencia, atendido que no se han aportado nuevos antecedentes que permitan a esta Contraloría General alterar lo resuelto en el precitado oficio N° 66.601, de 2011, sólo cabe ratificarlo en todas sus partes, debiendo esa Subsecretaría para las Fuerzas Armadas ingresar a retrámite la resolución N° 1 . 833, de 2010. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 012542N12, de 2 de marzo de 2012.
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