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Contraloría General de la República · N° 022143N15

Dictamen N° 22.143, de 20 de marzo de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 22.143 Fecha: 20-III-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Angelina Pinilla San Martín, para solicitar que se determine su derecho a obtener el bono de la ley N° 20.305, al cual no ha podido acceder atendido que la Superintendencia de Pensiones calculó su tasa de reemplazo líquida en un porcentaje que supera el requerido por esa preceptiva. Sobre el particular, es útil recordar que el artículo 2° de la ley N° 20.305, previene que para acceder al beneficio en comento, será necesario cumplir las exigencias copulativas que establece, entre las cuales se encuentra, en el N° 3, la de tener una tasa de reemplazo líquida igual o inferior a 55%, la que, según la letra c) de esa misma disposición y numeral, es la expresión porcentual del cuociente que resulte de dividir el monto mensual de la pensión de vejez por la remuneración promedio líquida. Luego, cabe expresar que el inciso primero del artículo 3° del mismo texto legal, establece, en lo pertinente, que la entidad encargada de realizar el cómputo del mencionado porcentaje es la Superintendencia de Pensiones, la que, de acuerdo a la documentación proporcionada por la recurrente, determinó su tasa de reemplazo líquida -considerando la remuneración promedio líquida informada por el servicio y la pensión de vejez líquida-, en un valor de 58.26%, estimación que fue apelada por la afectada, confirmándose la cifra ya informada, la cual excede el máximo previsto en la antedicha ley N° 20.305. Por las consideraciones expuestas, es dable concluir que a la peticionaria no le asiste el derecho al beneficio que reclama, siendo menester añadir que las objeciones sobre el porcentaje asignado a la interesada en la materia, deben dirigirse a la citada institución fiscalizadora, ya que no procede que esta Contraloría General revise lo resuelto por el organismo competente. Transcríbase a la Superintendencia de Pensiones. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 022143N15, de 20 de marzo de 2015.

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