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Contraloría General de la República · N° E86749N25

Dictamen N° E86749, de 29 de mayo de 2025

Sumario

La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio entre la Subsecretaría de Economía e IFOP, con alcances: las rendiciones anticipadas rigen desde el 1 de enero de 2025 y las modificaciones deben sancionarse por acto administrativo sometido a toma de razón.

Texto del pronunciamiento

N° E86749 Fecha: 29-05-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el convenio de desempeño suscrito entre la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño y el Instituto de Fomento Pesquero (IFOP), en el marco del Programa de Desarrollo Productivo Sostenible, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, y en relación con lo expuesto en la cláusula novena del convenio, que expone las razones de buen servicio por las cuales se permitirá rendir actividades con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo, cumple con precisar que estas se aceptan a contar del 1 de enero de 2025, sin perjuicio que el acuerdo sólo puede entrar en vigencia una vez que el decreto que lo aprueba se encuentre totalmente tramitado. Enseguida, cumple con hacer presente que, todas las modificaciones a que se refieren las cláusulas tercera, quinta y décimo novena del acuerdo, deben ser sancionadas mediante acto administrativo, afecto al trámite de toma de razón, aspecto que se omitió señalar. Finalmente, cabe señalar que la subsecretaría aludida y el IFOP deberán efectuar en sus sitios electrónicos institucionales la totalidad de las publicaciones a que se refiere el inciso segundo del artículo 25 de la ley de presupuestos vigente. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del rubro. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa División de Contabilidad y Finanzas Públicas

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E86749N25, de 29 de mayo de 2025.

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