Contraloría General de la República · N° 053314N15
Dictamen N° 53.314, de 3 de julio de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 53.314 Fecha: 03-VII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Evelyn Bastías Cabrera, solicitando el pago de los estipendios que le adeudaría el Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, por las labores que habría realizado entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de 2013. Requerido su informe, el citado centro de salud, a la fecha, no lo ha evacuado, por lo que, atendido el tiempo transcurrido, se emitirá un pronunciamiento sin dicho antecedente. Como cuestión previa, es menester señalar que, revisados los registros de esta Entidad de Control, no consta en ellos el desempeño a que alude la interesada en su presentación, ni la calidad en que habría ejecutado tales servicios. No obstante, se ha estimado necesario recordar, en el evento que la peticionaria efectivamente hubiese cumplido las labores que indica, que el hecho de no haberse materializado su designación o suscrito el respectivo contrato a honorarios, no constituye fundamento para no pagar las rentas pertinentes. Lo anterior, en razón del principio de enriquecimiento sin causa, que impide a la Administración del Estado beneficiarse de la actividad desarrollada por una persona sin que medie una retribución pecuniaria, tal como se ha sostenido entre otros, en los dictámenes N°s 82.039, de 2013 y 51.540, de 2014, de este origen. En consecuencia, esa superioridad deberá estudiar, a la brevedad, la situación de la peticionaria y de ser procedente, enterarle las rentas que le correspondan, informando a este Organismo Fiscalizador las acciones que adopte en relación a la materia, en el plazo de 15 días hábiles contado a partir de la recepción del presente oficio. Transcríbase a la recurrente y al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 053314N15, de 3 de julio de 2015.
Más sobre Profesionales Funcionarios (Ley 19.664)
-
La Contraloría concluye que es válido que el Servicio de Salud Ñuble fije distintos porcentajes de la asignación de estímulo por competencias profesionales según la carga horaria del cargo, pues esta es un factor objetivo del puesto de trabajo. Desestima la reconsideración y confirma los oficios recurridos.
-
La Contraloría concluye que la funcionaria debe devolver solo la asignación de septiembre a diciembre de 2023, con reajustes y multa no condonable, y nada por 2024, pues la inhabilidad no se aplica retroactivamente.
-
El dictamen aclara que el criterio del dictamen N° 44.471, de 2017, sobre acumulación de feriado de los becarios quedó circunscrito al texto entonces vigente del artículo 14 del Reglamento de Becarios. Concluye que, tras la modificación del decreto N° 7, de 2018, los becarios ya no pueden acumular feriado y sus solicitudes deben resolverse conforme al texto vigente de esa norma.
Todos los pronunciamientos sobre Profesionales Funcionarios (Ley 19.664)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre salud, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre salud¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.