Contraloría General de la República · N° E106329N25
Dictamen N° E106329, de 25 de junio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del convenio de transferencia de recursos entre FONASA y el Hospital Clínico de la Universidad de Chile para implementar la ley N° 21.621, con alcances: debe consignarse el uso obligatorio del SISREC, precisarse el plazo de ejecución y la vigencia, y las modificaciones deben sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón.
Texto del pronunciamiento
N° E106329 Fecha: 25-06-2025 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba un convenio de transferencia de recursos con el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, para la implementación de la ley N° 21.621, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, ese servicio deberá tener en consideración lo previsto en la resolución exenta N° 1.858, de 2023, de esta Entidad Fiscalizadora, que establece el uso obligatorio del Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas (SISREC), lo que se ha omitido consignar. Adicionalmente, cumple con hacer presente que el plazo de ejecución de las actividades se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025, en tanto que la vigencia del convenio se relaciona con la extinción de la última de las obligaciones estipuladas entre las partes contratantes, lo que se ha omitido consignar en la cláusula decimoséptima. A su turno, cabe señalar que las modificaciones a que se refiere la cláusula decimoséptima del acuerdo deben ser sancionadas mediante acto administrativo afecto al trámite de toma de razón, y no como allí se indica, lo que deberá considerarse. Finalmente, en relación con la prórroga automática dispuesta en la aludida cláusula decimoséptima, esta procederá en la medida que FONASA haya ponderado que el Hospital receptor ha dado cumplimiento a sus obligaciones en los términos establecidos en el convenio y que persiste la finalidad pública prevista para su celebración. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Víctor Hugo Merino Rojas Contralor General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E106329N25, de 25 de junio de 2025.
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