Contraloría General de la República · N° 072689N10
Dictamen N° 72.689, de 3 de diciembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 72.689 Fecha: 03-XII-2010 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 57, de la Brigada de Investigación Criminal de Maipú, de la Policía de Investigaciones de Chile, que aplica la medida disciplinaria de amonestación severa a don Francisco Elizondo Quezada, Subinspector de dotación de la Brigada de Investigación Criminal Maipú, de la Policía de Investigaciones de Chile, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7°, número 7.2.3, inciso segundo, de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo Fiscalizador, la materia sobre la cual incide la resolución de la especie se encuentra sometida al trámite de toma de razón, debiendo, en lo sucesivo, incluirse en la frase final del respectivo texto, la fórmula "tómese razón", que se ha omitido en el caso en estudio. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 072689N10, de 3 de diciembre de 2010.
Más sobre Medidas Disciplinarias
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La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
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