Contraloría General de la República · N° 002093N17
Dictamen N° 2.093, de 20 de enero de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 2.093 Fecha: 20-I-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos del rubro, que aprueban los convenios de ejecución suscritos entre la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda y los servicios que en cada caso se indica, por encontrarse ajustados a derecho, pero cumple con hacer presente que en relación con el párrafo final de la cláusula quinta de los señalados acuerdos de voluntades según se ha informado entre otros, en el dictamen N° 31.241, de 2013, de este origen, la obligación de restituir los saldos observados, no rendidos o no ejecutados que aquella dispone, debe cumplirse dentro de un término prudencial, correspondiéndole a dicho ministerio ejercer todas las acciones que resulten necesarias al efecto. Además cumple con señalar que ha de entenderse que el contrato y el manual operativo indicados en los literales a) y b) del numeral primero de la cláusula tercera de cada uno de los documentos en estudio, se trata de aquellos que fueron respectivamente aprobados por el decreto supremo N° 2.111, de 2014 y por la resolución exenta N° 264, de 2015, ambos de la aludida Secretaría de Estado, lo que se ha omitido consignar. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de los instrumentos del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 002093N17, de 20 de enero de 2017.
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