Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 046420N15

Dictamen N° 46.420, de 10 de junio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 46.420 Fecha: 10-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis Antonio Oliva Díaz, funcionario del Ejército, solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad de la medida disciplinaria de licenciamiento del servicio que se le aplicaría. Requerido su informe, esa institución castrense manifestó, en síntesis, que en contra del instrumento que impuso la referida sanción, se interpuso un recurso que se encuentra actualmente pendiente. En este sentido, es dable indicar que el procedimiento que se instruye está regulado en el decreto N° 1.445, de 1951, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Disciplina para las Fuerzas Armadas, en cuya tramitación se consultan las instancias en las cuales los afectados pueden hacer valer sus planteamientos, las que tienen por finalidad garantizar un debido proceso, sin que a este Organismo de Control le corresponda intervenir durante su desarrollo, de acuerdo con el criterio contenido en los dictámenes N°s 68.487, de 2012 y 7.541, de 2015, de este origen, entre otros. Luego, es útil añadir, acorde con lo dispuesto en el artículo 7°, número 7.2.3., de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Contralora, que la aplicación de sanciones expulsivas del personal de las Fuerzas Armadas es una materia sujeta al trámite de toma de razón, como se informó en el dictamen N° 27.131, de 2015, de esta procedencia. Por consiguiente, esta Contraloría General se pronunciará sobre la medida que pueda afectar al señor Oliva Díaz, en el referido control de legalidad del documento de término y siempre que en el mismo se le imponga un castigo expulsivo. Transcríbase al Ejército y a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 046420N15, de 10 de junio de 2015.

Más sobre Medidas Disciplinarias

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D433

    La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.

  • 21 de julio de 2026

    Dictamen N° OF137047

    La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.

  • 27 de abril de 2026

    Dictamen N° D246

    La Contraloría aclara que las corporaciones municipales son entidades privadas cuyos empleados no son funcionarios públicos, por lo que no les aplican los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336. Concluye rechazando la reconsideración solicitada por CORMUMEL.

Todos los pronunciamientos sobre Medidas Disciplinarias

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium