Contraloría General de la República · N° 031298N15
Dictamen N° 31.298, de 22 de abril de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 31.298 Fecha : 22-IV-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jorge Caverlotti Paredes, cabo 1° de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad de la decisión de la autoridad que indica en orden a negarle su asistencia, acompañado por un egresado de derecho, a la audiencia de reclamación a la medida disciplinaria que le fue impuesta. Requerida de informe, la aludida institución señala que con fecha 13 de enero de 2015 el interesado interpuso un recurso de apelación ante el Jefe de Zona ‘Santiago Oeste’ en el marco del proceso sancionatorio respectivo, el cual a la fecha no ha sido resuelto. Pues bien, encontrándose pendiente la resolución del referido recurso, este Órgano Contralor, en esta oportunidad, debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado (aplica criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N os 69.767, de 2010 y 68.840, de 2011, todos de este origen). Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 031298N15, de 22 de abril de 2015.
Más sobre Medidas Disciplinarias
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La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
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