Contraloría General de la República · N° 019605N14
Dictamen N° 19.605, de 18 de marzo de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 19.605 Fecha: 18-III-2014 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución Nº 2.512, de 2013, de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, que aplica la medida disciplinaria de censura a los funcionarios que señala, y sobresee a doña Érika Cabrera Aguirre, por ajustarse al mérito del proceso, pero cumple con hacer presente que, respecto de esta última, resultó procedente su absolución y no el sobreseimiento, toda vez que, conforme al expediente sumarial adjunto se le formularon cargos a fojas 81 de autos. Asimismo, es dable anotar que tratándose de doña Pamela Fuentes Rubilar, doña Catalina Paredes Concha y don René Calquín Toro, de acuerdo con los registros de esta Entidad Fiscalizadora, tienen la calidad de exservidores, por lo que debe entenderse que las sanciones se imponen con arreglo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 147 de la ley N° 18.834, esto es, con el objeto de anotarse en su hoja de vida. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento señalado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 019605N14, de 18 de marzo de 2014.
Artículos que cita
Más sobre Medidas Disciplinarias
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La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
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La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
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La Contraloría aclara que las corporaciones municipales son entidades privadas cuyos empleados no son funcionarios públicos, por lo que no les aplican los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336. Concluye rechazando la reconsideración solicitada por CORMUMEL.
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