Contraloría General de la República · N° 040317N16
Dictamen N° 40.317, de 31 de mayo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 40.317 Fecha: 31-V-2016 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueba el memorándum de entendimiento entre la Comisión Municipal de Salud y Planificación Familiar de Kunming y el Instituto de Salud Pública de Chile, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que los “acuerdos particulares” que se celebren en virtud de la indicada convención, a los cuales se alude en su cláusula cuarta, sólo podrán entrar en vigencia una vez que los correspondientes actos administrativos que los aprueben se encuentren totalmente tramitados, debiendo tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 10, N° 10.4.1., de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General (aplica criterio contenido en el dictamen N° 53.228, de 2015). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución aludida. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 040317N16, de 31 de mayo de 2016.
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