Contraloría General de la República · N° 045326N12
Dictamen N° 45.326, de 27 de julio de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 45.326 Fecha: 27-VII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Alejandro Patricio Nova Vidal, funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento respecto de la legalidad de su proceso calificatorio correspondiente al año 2011, en el cual fue incluido en Lista N° 3, de Observación. Sobre el particular, cabe señalar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto de Personal de Carabineros de Chile, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, que los funcionarios de esa institución policial pueden solicitar dicho examen siempre que interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Entidad Fiscalizadora, dentro del plazo fatal de un año desde el retiro, por haber sido incorporados en Lista N° 4, de Eliminación o por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, lo que no se cumple en la especie. En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que en el aludido proceso calificatorio, el señor Nova Vidal fue incluido, por primera vez, en la Lista N° 3, de Observación, no existiendo, por ende, una decisión respecto de la cual corresponda reclamar ante esta Entidad Fiscalizadora, tal como se informó, para una situación similar, en el dictamen N° 20.098, de 2012, de este origen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 045326N12, de 27 de julio de 2012.
Más sobre calificaciones
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La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
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