Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 005839N15

Dictamen N° 5.839, de 21 de enero de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 5.839 Fecha: 21-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María del Carmen Parada Villalobos, funcionaria del Hospital Santiago Oriente Dr. Luis Tisné Brousse, con desempeño en un sistema de cuarto turno, quien alega que se le denegó un día de permiso con goce de remuneraciones para poder concurrir a exámenes médicos, y en su lugar fue forzada a utilizar un feriado. En su informe, esa entidad indicó que a la requirente nunca se le obligó a hacer uso de vacaciones, sino que se le habría propuesto un cambio de turno, que le permitiese concurrir a sus diligencias. Sobre el particular, cabe señalar que según lo ha precisado este Ente Contralor en sus dictámenes N os 59.143, de 2012, y 60.362, de 2013, los permisos con goce de remuneraciones dispuestos en el inciso primero del artículo 109 de la ley N° 18.834, se encuentran establecidos a favor de todos los funcionarios, sin distinción respecto a su jornada de trabajo, debiendo agregarse que en estos pronunciamientos se manifiesta que de acuerdo con lo expresado en el artículo 108 de ese cuerpo normativo, la autoridad cuenta con la potestad para conceder o denegar ese beneficio en cada ocasión que se le pida, debiendo ponderar para su ejercicio las razones de buena administración que se estimen adecuadas. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario anotar que en la documentación acompañada no aparece que se le hubiese obligado a tomar uno de sus días de vacaciones en reemplazo del día administrativo a que alude, debiendo agregar que no se divisa inconveniente alguno en la circunstancia de que la autoridad haya propuesto un cambio de turno con el objeto de no afectar la eficiente gestión del servicio, por lo que se desestima su reclamo. Transcríbase al Hospital Santiago Oriente Dr. Luis Tisné Brousse. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 005839N15, de 21 de enero de 2015.

Artículos que cita

Más sobre Feriados y Permisos

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D386

    El personal del Departamento de Salud Municipal debe celebrar el Día de la Atención Primaria de Salud (6 de septiembre), no el Día de los Funcionarios Municipales; los reubicados ex DAEM regidos por el Código del Trabajo sí pueden participar, y los contratados a honorarios no, por no ser funcionarios municipales.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D383

    El dictamen aclara que el criterio del dictamen N° 44.471, de 2017, sobre acumulación de feriado de los becarios quedó circunscrito al texto entonces vigente del artículo 14 del Reglamento de Becarios. Concluye que, tras la modificación del decreto N° 7, de 2018, los becarios ya no pueden acumular feriado y sus solicitudes deben resolverse conforme al texto vigente de esa norma.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° IN23

    La Contraloría instruye que los municipios pueden gastar en las celebraciones del Día del Funcionario Municipal y del Día de la Atención Primaria de Salud, siempre que esos gastos sean austeros, proporcionales, se ajusten al presupuesto y se imputen correctamente.

Todos los pronunciamientos sobre Feriados y Permisos

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium