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Contraloría General de la República · N° 013450N14

Dictamen N° 13.450, de 21 de febrero de 2014

Texto del pronunciamiento

N°13.450 Fecha: 21-II-2014 El Jefe de Gabinete del Presidente del Senado solicita información sobre las situaciones que afectan a doña Lucía Vergara Villegas, concernientes al cálculo de su desahucio, al descuento realizado en él por concepto de cotizaciones impagas, y a la circunstancia de no haber obtenido beneficios como exonerada política de la empresa Laboratorio Geka S.A. Sobre el particular, cumple con manifestar que mediante los oficios N os 15.327 y 74.216, ambos de 2013, de este origen, se remitió a la interesada un informe del Instituto de Previsión Social y jurisprudencia administrativa de esta procedencia, atinente a su situación, de la que se infiere, en lo que interesa, que en su calidad de eximponente de la antigua Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales de la República, le asistía el derecho al pago del desahucio del artículo 46 de la ley N° 11.219, siendo de su cargo el financiamiento de las cotizaciones adeudadas al fondo respectivo, toda vez que, en su oportunidad, no le descontaron de su remuneración la cantidad que correspondía a dicho fin. Agregando, por otra parte, que la jubilación de la que es titular, estaba bien calculada. Al respecto, cabe consignar que el citado artículo 46 de la ley N° 11.219, establece, en lo pertinente, que el imponente que se retire del servicio tendrá derecho a percibir un desahucio equivalente a un mes de sueldo, entendiendo como tal el promedio de las rentas por las que se hubiere cotizado los últimos 24 meses, por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios, sin que pueda exceder de 24 veces dicha retribución. Ahora bien, en el expediente previsional de la señora Vergara Villegas, aparece que mediante la resolución A-M N° 522, de 2013, del Instituto de Previsión Social, se le concedió dicha indemnización por un monto de $1.636.695, equivalente a 9 mensualidades, cada una ascendente a $ 181.855, descontándose del total del beneficio, al momento de su pago, la suma de $ 447.140, por concepto de imposiciones no enteradas al efecto, según certificado que se adjunta y que fuera emitido por la indicada institución previsional acorde a la normativa reseñada. Finalmente, se hace presente que, de los antecedentes que obran en poder de esta Entidad Fiscalizadora, no consta que la mencionada persona tenga reconocida la calidad de exonerada política. Por lo tanto, la situación previsional de la exfuncionaria por la cual se consulta, se ajusta a las normas que la regulan. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 013450N14, de 21 de febrero de 2014.

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