Contraloría General de la República · N° 012448N13
Dictamen N° 12.448, de 22 de febrero de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 12.448 Fecha: 22-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Fernando Javier Poblete Espinoza, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de su calificación correspondiente al año 2011, en la cual fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Sobre el particular, cabe indicar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución policial, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene, en lo pertinente, que los funcionarios de esa repartición pueden solicitar la revisión de su evaluación siempre que sean ubicados en Lista N° 4, de Eliminación, e interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante este Organismo de Control, dentro del plazo fatal de un año, contado desde el retiro, requisito que no se cumple en la especie. En efecto, según lo manifestado por el propio recurrente, en el aludido proceso calificatorio fue llamado a retiro a contar del 1 de agosto de 2011, por haber sido agregado en la Lista N° 4, de Eliminación, reclamando de tal medida, ante esta Entidad Fiscalizadora, el día 19 de febrero de 2013, esto es, una vez transcurrido el mencionado término fatal de un año, por lo que se desestima su reclamo. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 012448N13, de 22 de febrero de 2013.
Más sobre calificaciones
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La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
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La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
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La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
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