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Contraloría General de la República · N° 055168N16

Dictamen N° 55.168, de 26 de julio de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 55.168 Fecha: 26 -VII-2016 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, que otorga una concesión en frecuencia modulada para la localidad que indica, por cuanto los plazos de 40 y 60 días para el término de obras e inicio de las transmisiones, respectivamente, consignados en el N° 3 del decreto en examen, no guardan armonía con el artículo 24 A de la ley N° 18.168, según el cual el concesionario no podrá iniciar los servicios, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la que dispone de 30 días, contados desde la fecha de presentación de la correspondiente solicitud por el interesado, para recibirlas. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 055168N16, de 26 de julio de 2016.

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