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Contraloría General de la República · N° 060362N13

Dictamen N° 60.362, de 23 de septiembre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 60.362 Fecha: 23-IX-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Isabel Muñoz Reyes, Presidenta de la Asociación de Profesionales Universitarios del Hospital de Talagante, reclamando que ese establecimiento asistencial ha suspendido el derecho a solicitar permisos administrativos, con goce de remuneraciones, del personal afecto a tercer o cuarto turno. En su informe, esa entidad, junto con acompañar la documentación del caso, indicó que nunca ha tenido la intención de vulnerar los derechos de los empleados y que todo ha sido consecuencia de una mala interpretación de las instrucciones impartidas. Sobre el particular, cabe señalar que según lo ha precisado este Ente Contralor en sus dictámenes N os 13.687, de 2010, y 59.143, de 2012, los permisos con goce de remuneraciones dispuestos en el inciso primero del artículo 109 de la ley N° 18.834, se encuentran establecidos a favor de todos los funcionarios, sin distinción respecto a su jornada de trabajo, sea esta de lunes a viernes o bajo un sistema de turnos, como ocurre en la especie, por lo que cualquier discriminación en su otorgamiento basada en la jornada de trabajo, sería contraria a derecho. En este contexto, es útil anotar que los mismos pronunciamientos añaden que, según lo manifestado en el artículo 108 de ese cuerpo normativo, la autoridad cuenta con la potestad para conceder o denegar ese beneficio en cada ocasión que se le solicite, debiendo ponderar para su ejercicio las razones de buena administración que se estimen adecuadas. Ahora bien, el hecho que la superioridad se vea obligada a pagar horas extraordinarias como consecuencia de otorgar los aludidos permisos, no puede ser considerado un criterio general para rechazarlos, sino que tal decisión debe ser analizada caso a caso. Sin perjuicio de lo anterior, y atendido lo expresado por el director del citado establecimiento de salud, esta Entidad Fiscalizadora entiende que la situación reclamada se encuentra superada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 060362N13, de 23 de septiembre de 2013.

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