Contraloría General de la República · N° 018141N10
Dictamen N° 18.141, de 7 de abril de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 18.141 Fecha: 07-IV-2010 La Contraloría Regional del Bío Bío ha remitido las presentaciones del señor Segundo Alfredo Ortiz Álvarez, ex funcionario del antiguo Servicio de Correos y Telégrafos, exonerado político, quien solicita, una vez más, la revisión de su situación previsional. Sobre el particular, es menester indicar que a través, entre otros, de los oficios N° s. 38.766, de 2004; 24.613, de 2005; 11.950 y 40.723, ambos de 2008; y 43.462 y 50.412, los dos de 2009, esta Entidad Fiscalizadora concluyó que la cuantía del beneficio previsional concedido al reclamante, a contar del 8 de febrero de 1982, en el régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, se encuentra bien calculada. Asimismo, se determinó que no es factible aplicar al caso en comento la sentencia dictada por la Excelentísima Corte Suprema, en los autos caratulados “Zegers Lynch, Fernando con Instituto de Normalización Previsional”, Ingreso Corte N° 4.478-2007, toda vez que tal como establece la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 24.768, de 2008, las sentencias judiciales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3°, inciso segundo, del Código Civil, sólo producen efectos relativos, no teniendo fuerza obligatoria sino respecto de las causas en que actualmente se pronunciaren, alcanzando únicamente a las partes que litigaron en el proceso. En consecuencia, en atención a que en esta oportunidad no se acompañaron antecedentes nuevos y distintos a los ya analizados, sólo cabe ratificar en todas sus partes los oficios en comento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 018141N10, de 7 de abril de 2010.
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