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Contraloría General de la República · N° 052554N10

Dictamen N° 52.554, de 8 de septiembre de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 52.554 Fecha: 08-IX-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Tomás Gerardo Sepúlveda Gutiérrez, ex funcionario de la Dirección de Riego del Ministerio de Obras Públicas, exonerado político, para solicitar la revisión de su situación previsional. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, con fecha 15 de junio de 2010, junto con remitir el expediente jubilatorio del interesado, manifiesta, en síntesis, que al recurrente se le pagó, por concepto de diferencias acumuladas generadas al reliquidar la pensión de régimen normal de que es titular, la suma de $43.028.-, por el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2003 y el 31 de marzo de 2004, en el proceso de pago del 16 de agosto de 2009. Al respecto, cabe advertir que, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que por medio de la resolución exenta N° 1.321, de 2007, del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del solicitante, y se le concedieron 25 meses de abono por gracia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.234, lapso que permitió reliquidar, correctamente, a través de la resolución exenta EXO/R-544, de igual año, del entonces Instituto de Normalización Previsional, la pensión por invalidez de que era titular el solicitante, acorde con la ley N° 16.744, fijándose su monto en $ 141.426.-, al mes, a contar del 1 de noviembre de 2003. Asimismo consta que, tal como lo indica el organismo informante, con fecha 16 de agosto de 2009 se pagó al reclamante, por una sola vez, la cantidad de $ 43.028.- correspondiente a las diferencias acumuladas, por el período que media entre el 1 de noviembre de 2003 y el 31 de marzo de 2004, como quiera que el 15 de abril de esta última anualidad cumplió 65 años de edad, sustituyéndose la pensión de invalidez que lo favorecía por una de vejez, al tenor de lo preceptuado en el artículo 53 de la aludida ley N° 16.744. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que la situación previsional del peticionario se encuentra ajustada a la normativa que la regula. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 052554N10, de 8 de septiembre de 2010.

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