Contraloría General de la República · N° 043795N10
Dictamen N° 43.795, de 3 de agosto de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 43.795 Fecha: 03-VIII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Melipilla, a través del oficio N° 345, de 2010, solicitando se determine si los funcionarios de los servicios traspasados al sector municipal, tienen derecho a la bonificación por retiro voluntario que contempla la ley N° 20.387. En relación con la materia, este Organismo Contralor cumple con remitir fotocopia del dictamen N° 39.496, de 2010, que se pronuncia sobre la materia planteada, mediante el cual se concluye, por las consideraciones jurídicas que allí se exponen, que la bonificación por retiro voluntario por la cual se consulta, favorece únicamente a aquellos funcionarios municipales que se rijan por el Título II, del decreto ley N° 3.551, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas sobre Remuneraciones y sobre Personal para el Sector Público -vale decir, cuyas remuneraciones se establecen por la escala de sueldos municipal-, y además, que sus relaciones laborales se regulen por la normativa estatutaria contenida en la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. En consecuencia, la bonificación por retiro voluntario establecida en la ley N° 20.387, no resulta aplicable a los funcionarios que se desempeñan en servicios traspasados desde organismos o entidades del sector público y que administre directamente la municipalidad, toda vez que, por una parte, aquéllos se encuentran sujetos, según corresponda, al Código del Trabajo, a la ley N° 19.464, a la ley N° 19.070 -Estatuto de los Profesionales de la Educación-, o a la ley N° 19.378 -Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal-, y, por otra, sus remuneraciones se regulan en tales cuerpos normativos y sin que rija a su respecto la escala de sueldos municipal. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 043795N10, de 3 de agosto de 2010.
Más sobre Bonificaciones por Retiro y Bono Post Laboral
-
La Contraloría concluye que la Secretaria Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, aunque formalmente de exclusiva confianza, puede recibir las bonificaciones por retiro de las leyes N° 19.882 y N° 20.948, aplicando una excepción a la regla general, por sus rasgos de estabilidad y continuidad.
-
La Contraloría concluye que no es ajustado a derecho que la Corporación Municipal de La Florida celebre acuerdos para calcular la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.919 usando las remuneraciones a la fecha de término de la relación laboral, pues la ley exige el promedio de los doce meses anteriores a la renuncia voluntaria.
-
La Contraloría concluye que la exfuncionaria no puede acceder al incentivo al retiro de la ley N° 21.135 porque falleció antes de que se produjera el cese por invalidez, por lo que el beneficio no entró a su patrimonio y no es heredable.
Todos los pronunciamientos sobre Bonificaciones por Retiro y Bono Post Laboral
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.