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Contraloría General de la República · N° 094266N16

Dictamen N° 94.266, de 30 de diciembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 94.266 Fecha: 30-XII-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución del epígrafe que, en lo pertinente, declara que las lesiones sufridas por el señor Marco Burgos Araya, funcionario de esa entidad, fueron consecuencia de un acto determinado del servicio, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, es útil advertir que el artículo 74, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, dispone, en lo que atañe, que corresponde al Director General de Investigaciones determinar, previo informe de la Comisión Médica y conforme lo disponga el reglamento respectivo, el grado de invalidez o la irrecuperabilidad, en su caso, del afectado y la capacidad de este para continuar en servicio, y no al Director Regional respectivo como ocurre en la situación en examen. A su vez, es necesario aclarar que la resolución N° 580, de 2014, de la Inspectoría General de la Policía de Investigaciones de Chile, que se invoca en el acto administrativo de la suma, no incide en la materia, toda vez que se refiere a la delegación de la facultad para establecer si las patologías médicas que afectan a servidores de esa entidad tienen el carácter de enfermedades profesionales. Por tanto, considerando que la facultad en cuestión reside en el Director General, se representa el acto administrativo señalado, devolviéndose una carpeta con el expediente sumarial acompañado. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 094266N16, de 30 de diciembre de 2016.

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