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Contraloría General de la República · N° 076928N16

Dictamen N° 76.928, de 19 de octubre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 76.928 Fecha: 19-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Patricia Herrera Vargas, funcionaria no académica de la Facultad de Odontología de la Universidad de Chile, solicitando un pronunciamiento que determine el derecho que le asistiría para optar el beneficio por daño previsional, entendiendo este Organismo Contralor que su petición dice relación con el bono que otorga la ley N° 20.305. Requerido de informe, la referida institución manifiesta, en síntesis, que la recurrente puede optar a la prestación consultada en la medida que cumpla con los requisitos que establece la citada ley y postule de manera extraordinaria, de acuerdo con lo contemplado en el artículo 8° de la ley N° 20.807. Sobre el particular, es útil recordar que el artículo 1° de la ley N° 20.305, en su inciso primero, concede un bono de naturaleza laboral para el personal que a la fecha de entrada en vigencia de ese texto legal, a saber, el 1 de enero de 2009, desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios regidos por las normas que se señalan. Enseguida, el artículo 2° de ese ordenamiento, requiere en su N° 1, tener las calidades antes mencionadas al 1 de mayo de 1981 y al momento de requerir el beneficio; en el N° 2, poseer al menos 20 años de servicios en los referidos organismos, al 5 de diciembre 2008; y en el N° 3, tener una tasa de reemplazo líquida igual o inferior a 55%. Asimismo, de acuerdo con los artículos 2°, N° 5, y 3°, ambos de la misma preceptiva, para optar a la prestación en análisis es preciso haberla solicitado y cesar dentro de los 12 meses siguientes de cumplir los 60 años de edad, en el caso de las mujeres, puntualizando el inciso sexto de esa última normativa, que si el trabajador no presenta su postulación dentro del indicado lapso, se entenderá que renuncia al beneficio. Por su parte, la ley N° 20.807, en su artículo 1° otorga una bonificación adicional al personal no académico de las universidades del Estado, que perciba el beneficio compensatorio del artículo 9° de la ley N° 20.374, que entre el 1 de enero de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2014, ambas fechas inclusive, haya cumplido o cumpla 60 años de edad en el caso de las mujeres. Agrega ese ordenamiento, en su artículo 2°, que para acceder al citado beneficio, las funcionarias deberán presentar su renuncia voluntaria en la pertinente universidad, desde que hayan cumplido o cumplan 60 años de edad, y hasta los ciento ochenta días hábiles siguientes después de alcanzar los 65 años, indicando que la dejación de su empleo deberá ser ejercida dentro del mismo plazo. A continuación, el artículo 8° de la anotada ley N° 20.807 preceptúa, en lo pertinente, que el personal no académico señalado en su artículo 1°, tendrá derecho a presentar la solicitud para acceder al bono establecido en la ley N° 20.305, conjuntamente con la solicitud de bonificación adicional que otorga la primera de las normas citadas, precisando que para tal efecto, se considerarán los plazos y edades que establece la presente ley, sin que sea aplicables a su respecto el plazo de 12 meses señalado en los artículos 2°, N° 5, y 3° de la ley N° 20.305. Ahora bien, de la documentación tenida a la vista, aparece que la recurrente cumplió los 60 años el 19 de diciembre de 2014, desempeñándose en la actualidad en la planta administrativa de la Universidad de Chile, por lo que se encuentra dentro del universo de los eventuales beneficiarios a que se refiere el citado artículo 1°, de la ley N° 20.807. En consecuencia, la señora Herrera Vargas podrá acceder al bono postlaboral contemplado en la ley N° 20.305, mediante la postulación extraordinaria que contempla el citado artículo 8°, de la ley N° 20.807, en la medida que lo requiera conjuntamente con el beneficio adicional antes referido y que, por cierto, cumpla con las demás exigencias que hacen procedente su percepción. Transcríbase a la Facultad de Odontología de la Universidad de Chile. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 076928N16, de 19 de octubre de 2016.

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