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Contraloría General de la República · N° 050707N15

Dictamen N° 50.707, de 24 de junio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 50.707 Fecha: 24-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Teresa Alarcón Ávila, para solicitar que se reconozca el derecho que, a su juicio, le asiste para percibir el montepío generado por su excónyuge, don Florencio Ángel Blanco López, a partir de la data presuntiva de su muerte -31 de noviembre de 2007-, declarada por la sentencia que indica, y no a contar del 22 de agosto de 2014, como acaeció en la especie. Sobre el particular, cabe manifestar que la jurisprudencia de esta Entidad de Control, contenida en el dictamen N° 30.717, de 2014, entre otros, ha concluido que la pensión de montepío se paga a sus asignatarios desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia que declare la muerte presunta del imponente, lo que, en el presente caso, ocurrió el día 22 de agosto de 2014, según consta de la respectiva certificación. Por ende, la prestación que reclama la interesada debe ser pagada desde la data que consigna el párrafo que antecede y no a partir de la época que ella pretende. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 050707N15, de 24 de junio de 2015.

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