Contraloría General de la República · N° E510618N24
Dictamen N° E510618, de 9 de julio de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de transferencia con la FIA, pues se ajusta a derecho, aunque con alcances: no se autorizó la subcontratación de actividades ajenas al objeto principal y deberán efectuarse las publicaciones legales.
Texto del pronunciamiento
N° E510618 Fecha: 09-VII-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el convenio de transferencia suscrito con la Fundación para la Innovación Agraria (FIA), por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con señalar que esta Contraloría General entiende que, conforme al tenor de lo dispuesto en la letra d) del inciso tercero del artículo 24 de la ley de presupuestos vigente, en el convenio en estudio no se ha autorizado la subcontratación de actividades que no constituyen su objeto principal. Lo anterior, puesto que no consta dicha autorización ni se han precisado tales actividades en el mencionado documento. Por otra parte, se debe prevenir que, sin perjuicio de lo estipulado en el N° 7 de la cláusula tercera del presente convenio, la Subsecretaría de Agricultura y la FIA deberán efectuar en sus sitios electrónicos institucionales las publicaciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 24 de la ley de presupuestos del presente año. Finalmente, esta Entidad de Control entiende que el programa de caja mensual a que se refiere el inciso final de la cláusula tercera se encuentra descrito en la letra b) de la estipulación quinta del convenio en estudio, y no como allí se indica. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del rubro. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E510618N24, de 9 de julio de 2024.
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