Contraloría General de la República · N° 015448N10
Dictamen N° 15.448, de 23 de marzo de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 15.448 Fecha: 23-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Manuel Grillé Cognian, ex funcionario de la Municipalidad de San Miguel, impugnando sus calificaciones correspondientes al período 2008-2009, que le ha significado quedar en Lista 4 de Eliminación, con 28 puntos, por cuanto estima improcedente su evaluación durante ese tiempo, dado que estuvo suspendido de funciones como medida preventiva ordenada por el fiscal a cargo de un sumario administrativo instruido en su contra. Sobre el particular, cumple con señalar que de acuerdo a los antecedentes registrados en este Organismo de Control se advierte que el recurrente se desvinculó de la Municipalidad de San Miguel a contar del 14 de enero de 2009, por aplicación de una medida disciplinaria de destitución, data en la que aún no se encontraba afinado el proceso calificatorio que reclama. En estas condiciones, y tal como lo ha manifestado esta Entidad Fiscalizadora en los dictámenes N OS 40.442, de 2003, 49.089, de 2008 y 33.551, de 2009, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y 29 y siguientes de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, dado que la finalidad del proceso calificatorio se vincula con el resguardo de la carrera funcionaria, es requisito indispensable para la validez del mismo que el evaluado revista la calidad de empleado público. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, y atendido que don Manuel Grillé Cognian, cesó en funciones antes de finalizado el proceso evaluatorio 2008-2009, resultó improcedente que el municipio continuara con su calificación, por tanto, la evaluación correspondiente a ese período carece de validez. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 015448N10, de 23 de marzo de 2010.
Artículos que cita
Más sobre calificaciones
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La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
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La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
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La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
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