Contraloría General de la República · N° 058578N10
Dictamen N° 58.578, de 1 de octubre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 58.578 Fecha: 01-X-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Ricardo Infante González, funcionario de la Municipalidad de Huechuraba, regido por el Código del Trabajo, solicitando un pronunciamiento que determine si puede gozar del feriado progresivo regulado por el precitado texto normativo, considerando al efecto el tiempo servido y computado para su retiro en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el artículo 67 del Código del Trabajo, dispone, en lo que interesa, que los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra. Por su parte, el artículo 68, del citado cuerpo legal, establece que todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados, a lo cual se agrega, que solo podrán hacerse valer hasta diez años de trabajo prestados a empleadores anteriores. Enseguida, la jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 23.284, de 2004, y 5.322, de 2009, ha precisado que las personas que se incorporan a un órgano de la Administración del Estado bajo las normas del Código del Trabajo, pueden computar el tiempo servido a distintos empleadores, para los efectos de obtener un día adicional de feriado por cada 3 nuevos años trabajados, con el límite máximo de 10 años, lo cual también se aplica en la situación de los pensionados de la Dirección de Previsión de la especie. En consecuencia, en la medida que el recurrente cuente con la cantidad de años de trabajo exigidos por la ley para los fines del feriado progresivo, tendría derecho, una vez cumplidos tres años laborales en la Municipalidad de Huechuraba, a disfrutar de un día más de descanso legal, lo que además ha sido reconocido por su empleadora, de acuerdo a lo señalado en el informe N° 1201/144, de 2009, remitido al interesado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 058578N10, de 1 de octubre de 2010.
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