Contraloría General de la República · N° 034116N10
Dictamen N° 34.116, de 23 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 34.116 Fecha: 23-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Irenia Pacheco Rodríguez, cónyuge sobreviviente del señor José Leopoldo Lagos Guzmán, ex empleado de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva de viudez. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social cumplió con remitir los dos expedientes jubilatorios del individualizado causante. Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que mediante la resolución N° 7.205, de 2000, modificada por el decreto supremo N° 1.408, de 2005, ambos del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del señor Lagos Guzmán y se le concedió una pensión no contributiva, por gracia, por un monto inicial mensual de $ 85.151.-, a contar del 1 de diciembre de 1993, cifra elevada a $ 203.206.-, al mes, desde el 1 de diciembre de 2004. En este sentido, es menester hacer presente que el referido beneficio previsional fue calculado de conformidad con lo señalado por este Organismo de Control en el oficio N° 17.251, de 2005, considerándose como grado de asimilación, a marzo de 1990, el 20 de la Escala Única de Sueldos, al que fuera correctamente equiparado el respectivo cargo de exoneración, aplicándose, además, lo dispuesto en el artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960 y el artículo 2°, letra b), de la ley N° 18.263. Asimismo, es dable destacar que el cálculo de la jubilación en comento se efectuó en relación a 29 años, 3 meses y 1 día de tiempo computable, correspondientes a 11 años, 4 meses y 1 día en la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, 2 años y 11 meses en la antigua Caja de Previsión de Empleados Particulares, 12 años y 3 meses en el ex Servicio de Seguro Social, y 2 años y 9 meses del tiempo a que se refiere el inciso noveno del artículo 12 de la ley N° 19.234. Finalmente, es posible anotar que tras el fallecimiento de su cónyuge, a través de la resolución exenta N° NCB-708, de 2009, del entonces Instituto de Normalización Previsional, se otorgó a la reclamante un montepío no contributivo, ascendente a $ 160.676.- mensuales, desde el 1 de diciembre de 2008, el que se encuentra correctamente calculado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 034116N10, de 23 de junio de 2010.
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