Contraloría General de la República · N° 015535N11
Dictamen N° 15.535, de 14 de marzo de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 15.535 Fecha: 14-III-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso al Decreto N° 6, de 2011, del Ministerio de Educación, mediante el cual se aprueba el convenio que singulariza, por encontrarse ajustado a derecho, en el entendido que los recursos contemplados en el anexo del acuerdo de voluntades examinado, correspondientes a ítems que involucran gastos en personal y en bienes y servicios de consumo, deben ser destinados únicamente al desarrollo de las acciones y metas a ejecutarse por la entidad beneficiaria, y no a financiar aquellas actividades propias de su funcionamiento permanente. En efecto, acorde con lo establecido en el inciso final del artículo 7° de la ley N° 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011, y lo dispuesto por la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 16.684, de 2010, para que estos últimos egresos sean procedentes es necesario que se encuentren autorizados por norma expresa en el presupuesto del órgano público que transfiere los fondos, exigencia legal que no se configura en la especie. Por otra parte, la personería del Presidente del Instituto de Chile consta en el Acta de Sesión Ordinaria del Honorable Consejo de dicha entidad, de fecha 23 de diciembre de 2009, reducida a escritura pública el 13 de julio de 2010, y no como se indica en la cláusula octava del convenio que aprueba el decreto en análisis. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 015535N11, de 14 de marzo de 2011.
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