Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 077490N16

Dictamen N° 77.490, de 20 de octubre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 77.490 Fecha: 20-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Silvia Patricia Terán, RUN N° 14.437.448-7, viuda de don Alberto Orlando Viveros Madariaga, RUN N° 6.140.453-8, para solicitar información acerca del derecho que le asistiría a su fallecido esposo respecto del pago del desahucio, en su calidad de exprofesor de la Universidad Arturo Prat. Sobre el particular, cumple con manifestar que al señor Viveros Madariaga no le asistió el derecho a efectuar aportes para el Fondo de Seguro Social, por cuanto se reincorporó a la Administración Pública el 1 de enero de 2008 , es decir, con posterioridad al 23 de septiembre de 1989, fecha de entrada en vigencia de la ley N° 18.834, que derogó las disposiciones sobre desahucio contenidas en el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, salvo para los funcionarios a que se refiere el artículo 13 transitorio de aquel cuerpo legal. Por otra parte, el causante prestó servicios en el Servicio Nacional del Adulto Mayor desde el 1 de enero de 2008 hasta el 30 de abril de esa anualidad, luego fue contratado en calidad de remplazo en el Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Tarapacá desde el 1 abril de 2010 al 23 de ese mes y año, posteriormente, a contar del 1 de octubre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2015, pasó a desempeñar funciones en la Universidad Arturo Prat. Por lo tanto, en la situación analizada, en conformidad con lo informado por este Organismo de Control en sus dictámenes N°s. 50.713, de 2004 y 54.937, de 2009, entre otros, únicamente procedería la restitución de las cantidades eventualmente cotizadas indebidamente al Fondo de Seguro Social desde el 1 de enero 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2015, una vez que se adjunte una relación detallada, mes a mes, de los descuentos efectuados por tal concepto, emitida por el exempleador. Transcríbase a la Universidad de Arturo Prat. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 077490N16, de 20 de octubre de 2016.

Más sobre Bonificaciones por Retiro y Bono Post Laboral

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D387

    La Contraloría concluye que la Secretaria Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, aunque formalmente de exclusiva confianza, puede recibir las bonificaciones por retiro de las leyes N° 19.882 y N° 20.948, aplicando una excepción a la regla general, por sus rasgos de estabilidad y continuidad.

  • 28 de julio de 2026

    Dictamen N° D369

    La Contraloría concluye que no es ajustado a derecho que la Corporación Municipal de La Florida celebre acuerdos para calcular la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.919 usando las remuneraciones a la fecha de término de la relación laboral, pues la ley exige el promedio de los doce meses anteriores a la renuncia voluntaria.

  • 25 de junio de 2026

    Dictamen N° D338

    La Contraloría concluye que la exfuncionaria no puede acceder al incentivo al retiro de la ley N° 21.135 porque falleció antes de que se produjera el cese por invalidez, por lo que el beneficio no entró a su patrimonio y no es heredable.

Todos los pronunciamientos sobre Bonificaciones por Retiro y Bono Post Laboral

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium