Contraloría General de la República · N° 058976N11
Dictamen N° 58.976, de 15 de septiembre de 2011
Texto del pronunciamiento
N°58.976 Fecha:15-IX-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Manuel Sergio Tarragó Sandoval, imponente de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, señalando que no ha sido posible obtener el certificado de educación secundaria que el Instituto de Previsión Social le habría solicitado para concederle una jubilación en el aludido régimen previsional. Requerido de informe, el precitado Instituto expone, en lo que interesa, que no consta que el recurrente, quien registra 49 años, 7 meses y 14 días de imposiciones en la indicada antigua Caja, hubiere impetrado una pensión en ésta, haciendo presente que para su tramitación se requiere sólo una copia del cese de servicios y que el empleador certifique las treinta y seis últimas remuneraciones. Sobre el particular, es dable mencionar que el artículo 18 del D.F.L. 1.340 bis, de 1930, Ley Orgánica de la citada ex Caja, dispone, en lo pertinente, que el derecho a jubilación sólo se adquiere desde que el interesado haya cumplido diez años de imposiciones en ésta. En este punto, cabe consignar que el régimen en comento exige 30 años de cotizaciones para obtener un beneficio previsional completo. Por último, resulta pertinente expresar que el artículo 19 de la misma disposición previene que el sueldo base para calcular la pensión será el término medio de los sueldos por los cuales se hubieren efectuado imposiciones en la citada Caja durante los últimos treinta y seis meses de servicios. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cumple este Organismo Fiscalizador con manifestar que luego del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, no aparece que el peticionario hubiere efectuado acciones formales tendientes a obtener su jubilación, sin que, por cierto, sea requisito para impetrar ésta, adjuntar el certificado al que hace referencia en su presentación. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 058976N11, de 15 de septiembre de 2011.
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