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Contraloría General de la República · N° E179624N22

Dictamen N° E179624, de 27 de enero de 2022

Texto del pronunciamiento

N° E179624 Fecha: 27-I-2022 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que transfiere a la cuenta bancaria seis del sistema de transporte público de pasajeros de Santiago los fondos que indica. Sin embargo, cumple con hacer presente que la instrucción del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones al Administrador Financiero de Transantiago S.A. (AFT S.A.), para que este pague a la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. el monto a que se refiere el numeral (vi) del considerando 6°, solo podrá impartirse una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución N° 42, de 2021, de la mencionada secretaría de Estado -que aprueba el contrato de prestación de los servicios complementarios de emisión y comercialización, red de carga en subterráneo y superficie y postventa del medio de acceso al precitado sistema-. Luego, se debe aclarar que los fondos en comento también se transfieren para cumplir los pagos que correspondería realizar al AFT S.A., circunstancia que se ha omitido consignar en el numeral 1° de la parte dispositiva. Enseguida, cabe precisar que el contrato de prestación de los servicios complementarios de administración financiera de los recursos del aludido sistema -referido en el visto, y en los considerandos 1° y 3°-, y sus dos modificaciones, fueron aprobadas mediante las resoluciones Nos 3, de 2019, y 12 y 50, de 2021, de la nombrada cartera ministerial, respectivamente. Por último, resulta necesario puntualizar que este organismo de control entiende que la resolución N° 7, de este origen, que se indica en el considerando 10°, corresponde a la del año 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E179624N22, de 27 de enero de 2022.

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